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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 265565
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXI, Tercera Parte; Pág. 13
AGRARIO. LA INVESTIGACION ORDENADA POR LAS AUTORIDADES AGRARIAS PARA CONOCER DE IRREGULARIDADES DE UN COMISARIADO EJIDAL NO AFECTA LOS INTERESES JURIDICOS DE SUS MIEMBROS.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXI, Tercera Parte; Pág. 13
Si los integrantes del comisariado ejidal y del consejo de vigilancia de una comunidad agraria, promueven juicio de amparo contra la reorganización total de las autoridades ejidales, y por ende, contra la nueva elección de los miembros de dicho comisariado ejidal y consejo de vigilancia, y la destitución implícita a los quejosos de sus cargos, y las autoridades responsables en sus informes con justificación niegan los actos reclamados y exponen que tan sólo han ordenado que se practique una investigación para comprobar si son ciertos o no los cargos formulados en contra de algunos de los miembros del comisariado ejidal y del consejo de vigilancia, dicha investigación no afecta los intereses jurídicos de los quejosos.
Precedentes
Amparo en revisión 9306/61. J. Santos Camacho Virgen y coagraviados. 21 de septiembre de 1966. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.