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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 265577
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXI, Tercera Parte; Pág. 32
FIANZAS. REQUERIMIENTO DE PAGO. LA VARIACION DEL PRIMER APELLIDO DE LA FIADA POR ERROR DE LA FIADORA NO ES SUFICIENTE PARA CONSIDERAR INFUNDADO DICHO REQUERIMIENTO.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXI, Tercera Parte; Pág. 32
La variación del primer apellido de la fiada, por error de la propia fiadora, no es bastante para considerar que el requerimiento de pago no está debidamente fundado, máxime si tanto en el escrito de demanda como en las copias de las promociones que ante el Juez Penal hizo la fiadora, se hace referencia al proceso dando el nombre del fiado con el primer apellido cambiado.
Precedentes
Revisión fiscal 135/57. Compañía de Fianzas Lotonal, S. A. 23 de septiembre de 1966. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.