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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 265604
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CIX, Tercera Parte; Pág. 17
FIANZAS. REQUISITOS DE EXIGIBILIDAD. ESCUELA MEDICO MILITAR.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CIX, Tercera Parte; Pág. 17
Estando demostrado que una compañía afianzadora constituyó fianza ante la Tesorería de la Federación para garantizar, por un alumno de la Escuela Médico Militar, el hecho de que causara baja de ella por alguno de los conceptos enunciados en el reglamento del plantel, o por razones que en lo futuro pudieran establecerse en relación con dicho reglamento, y el alumno causó baja por haber reprobado en exámenes extraordinarios, con base en el artículo 72, inciso c) del reglamento interior, tales hechos son suficientes para justificar la exigibilidad del crédito derivado de la fianza.
Precedentes
Amparo en revisión 9259/64. Afianzadora Insurgentes, S. A. 8 de julio de 1966. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.