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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
265623
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CVIII, Tercera Parte; Pág. 50

INGRESOS MERCANTILES, IMPUESTO SOBRE. INAPLICABILIDAD DE LA TASA ADICIONAL DEL 12 AL MILLAR, A LAS VIAS GENERALES DE COMUNICACION.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CVIII, Tercera Parte; Pág. 50

Precedentes

Reclamación en la revisión fiscal 159/66. Espectáculos Deportivos Frontón México, S. A. 20 de junio de 1966. Cinco votos. Ponente: Octavio Mendoza González. Sexta Epoca, Tercera Parte: Volumen CVII, página 30. Amparo en revisión 170/61. Everardo Suárez Pérez. 6 de mayo de 1966. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez. Volumen CVII, página 30. Amparo en revisión 610/55. Compañía Vinícola de Saltillo, S. A. 6 de mayo de 1966. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen CV, página 29. Revisión fiscal 597/63. Aeronaves de México, S. A. 30 de marzo de 1966. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.
Registro digital (IUS): 265623