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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 265662
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CVI, Tercera Parte; Pág. 47
FIANZAS. REQUERIMIENTO DE PAGO.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CVI, Tercera Parte; Pág. 47
Si la reanudación de un procedimiento de ejecución de una fianza y la consiguiente orden de la Dirección de Crédito de la Secretaría de Hacienda a la Nacional Financiera, S. A., para que remate en bolsa bienes de la afianzadora, es consecuencia legal de la declaración de validez de un requerimiento de pago impugnado, aunque la sentencia del Tribunal Fiscal sea meramente declarativa, es inminente el acto atribuido a la mencionada Dirección de Crédito.
Precedentes
Amparo en revisión 5812/64. La Guardiana, S. A., Compañía General de Fianzas. 22 de abril de 1966. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.