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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 265671
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CVI, Tercera Parte; Pág. 72
MULTAS IMPUESTAS A LOS QUEJOSOS. NO LAS AFECTA EL SOBRESEIMIENTO POR DESISTIMIENTO DEL JUICIO DE GARANTIAS.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CVI, Tercera Parte; Pág. 72
La multa impuesta en la primera instancia del amparo por el Juez de Distrito, con fundamento en el artículo 81 de la ley de la materia, debe quedar firme cuando el tribunal revisor sobresee en el juicio por desistimiento de la demanda, porque ese sobreseimiento, al impedir el estudio del fondo del asunto, excluye toda posibilidad de análisis sobre la legalidad o ilegalidad de la sanción de referencia.
Precedentes
Amparo en revisión 7071/62. Afianzadora Insurgentes, S. A. 15 de abril de 1966. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Sexta Epoca, Tercera Parte:
Volumen CI, página 29. Amparo en revisión 8121/64. Afianzadora Mexicana, S. A. 24 de noviembre de 1965. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Volumen CI, página 29. Amparo en revisión 6779/62. Afianzadora Insurgentes, S. A. 24 de noviembre de 1965. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.