Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/265692
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 265692
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CV, Tercera Parte; Pág. 54
PETICION, DERECHO DE, EJERCIDO ANTE LA OFICINA DE GOBIERNO DE LA DIRECCION GENERAL DE GOBERNACION.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CV, Tercera Parte; Pág. 54
La circunstancia de que se turne una solicitud a la Oficina de Gobierno de la Dirección General de Gobernación, no implica que la citada dirección no estuviera obligada a contestarla, mediante el acuerdo respectivo, pues hay que tomar en consideración que la mencionada oficina depende en forma inmediata de la propia dirección y que el titular de ésta lo es, a la vez, de todas las oficinas que la integran, y es, por consiguiente, el responsable del trámite y resolución de todos los asuntos que corresponden a esa dependencia del Departamento del Distrito Federal, por lo que la falta de contestación a dicha petición, constituye una violación de garantías por parte del titular.
Precedentes
Amparo en revisión 6361/65. Unión de Comerciantes Ambulantes, Mártires del 1 de agosto de 1924. 11 de marzo de 1966. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.