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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 265707
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CIV, Tercera Parte; Pág. 17
FIANZAS. REQUERIMIENTO ADMINISTRATIVO. ACTOS NO DERIVADOS DE OTROS CONSENTIDOS.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CIV, Tercera Parte; Pág. 17
El requerimiento administrativo no debe considerarse como un acto derivado de otro que haya de estimarse consentido, por la independencia que existe entre la legalidad de las actuaciones penales y la legalidad propia del procedimiento fiscal para el cobro de fianzas. Pero precisamente por esa independencia, es necesario que, dentro del juicio contencioso administrativo, sólo se examinen los problemas referentes a la validez del requerimiento de la tesorería, y que no se pretenda concluir la legalidad de éste de las violaciones que se supongan cometidas dentro del proceso penal. Así, pues, independientemente de que el auto del Juez Penal deba o no deba estimarse consentido, no puede prosperar el juicio de nulidad contra el cobro fiscal, a menos que se aleguen y se acrediten violaciones legales que sean propias de tal cobro.
Precedentes
Revisión fiscal 343/59. Afianzadora Mexicana, S. A. 11 de febrero de 1966. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
Sexta Epoca, Tercera Parte:
Volumen XXXVIII, página 56. Amparo en revisión 542/60. Compañía de Fianzas Lotonal, S. A. 10 de agosto de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.
Volumen XXXI, página 50. Amparo en revisión 6007/59. Afianzadora Mexicana, S. A. 14 de enero de 1960. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.
Volumen XXV, página 53. Amparo en revisión 3831/59. Afianzadora Mexicana, S. A. 22 de julio de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.
Nota:
En el Volumen XXXVIII, página 56, esta tesis aparece bajo el rubro "FIANZAS. REQUERIMIENTO ADMINISTRATIVO.".
En el Volumen XXXI, página 50, esta tesis aparece bajo el rubro "REQUERIMIENTO ADMINISTRATIVO. ACTO DERIVADO DE OTRO CONSENTIDO.".
En el Volumen XXV, página 53, esta tesis aparece bajo el rubro "FIANZAS PENALES. REQUERIMIENTO ADMINISTRATIVO.".