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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 265730
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CIII, Tercera Parte; Pág. 13
AGUAS, DERECHOS POR CONSUMO DE, EXENCION A FAVOR DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. SOLICITUDES CONSIDERADAS EN TRAMITE PARA LOS EFECTOS DEL ARTICULO 10 TRANSITORIO DEL DECRETO DE 30 DE DICIEMBRE DE 1959.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CIII, Tercera Parte; Pág. 13
El artículo 10, transitorio, del decreto de 30 de diciembre de 1959, que establece esencialmente que las solicitudes de exención en el pago del derecho por servicio de agua que el 31 de diciembre de 1959 se encuentren en trámite serán archivadas en definitiva, debe aplicarse exclusivamente a las solicitudes formuladas dentro del término de noventa días inmediato anterior a la fecha citada, puesto que sólo esas solicitudes, en el caso de que no hubieran sido resueltas expresamente, podrían considerarse en trámite, ya que respecto de los hechos con anterioridad habría recaído ya o una resolución expresa o una resolución negativa ficta en aplicación del artículo 162 del Código Fiscal de la Federación.
Precedentes
Amparo en revisión 4703/65. Alberto Castañón Gamboa. 12 de enero de 1966. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.