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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 265740
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CIII, Tercera Parte; Pág. 45
IMPUESTO SOBRE LA RENTA. PRORROGA PARA LA PRESENTACION DE DECLARACIONES ANUALES. PAGO DEL IMPUESTO.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CIII, Tercera Parte; Pág. 45
Al concederse una prórroga para la presentación de una declaración anual, excluyendo de tal prórroga el pago del impuesto correspondiente, debe la autoridad indicar expresamente que la prórroga no incluye a la presentación de las colecciones de facturas relativas, para evitar desorientación e incertidumbre al causante.
Precedentes
Amparo en revisión 2325/65. Conservas Guajardo, S. A. 19 de enero de 1966. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.