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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 265801
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen C, Tercera Parte; Pág. 28
IMPUESTO SOBRE LA RENTA. EMPRESAS EXTRANJERAS. DOMICILIO DEL CAUSANTE.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen C, Tercera Parte; Pág. 28
Si una empresa que constituye una unidad económica, radica en el extranjero, y obtiene intereses de las ganancias de una empresa nacional, tales intereses son la fuente de riqueza situada en el país, máxime si los intereses de referencia provienen de negocio realizado en el país, por lo que no es obstáculo que la primera empresa radique en el extranjero, y es jurídicamente correcto considerar a dicha firma extranjera como sujeto del impuesto sobre la renta por lo que mira a los expresados "intereses".
Precedentes
Amparo en revisión 2884/64. Celulosa y Derivados, S. A. 27 de octubre de 1965. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.