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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 265817
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XCIX, Tercera Parte; Pág. 12
AGRARIO. DIVISION DE EJIDOS. CUANDO NO AFECTA UN INTERES JURIDICO.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XCIX, Tercera Parte; Pág. 12
Los trabajos técnicos y demás diligencias que constituyen el procedimiento administrativo previo a la división de un ejido, solo están encaminados a formular un proyecto, el cual, además de ser aun incierto en sus conclusiones, deberá someterse a la aprobación de las autoridades agrarias superiores. En esas condiciones, no puede afectar el interés jurídico de los que tengan la posesión material de una parcela.
Precedentes
Revisión 6296/62. Florentino Baas Rodríguez y otros. 9 de septiembre de 1965. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Octavio Mendoza González.