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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 265832
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XCIX, Tercera Parte; Pág. 30
PERITO TERCERO EN DISCORDIA. CONSENTIMIENTO DE SU DESIGNACION EN EL PROCEDIMIENTO FISCAL.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XCIX, Tercera Parte; Pág. 30
Si la autoridad, habiendo contado con el tiempo suficiente para impugnar la designación del perito tercero en discordia, no lo hizo en el procedimiento del juicio de nulidad, resulta extemporáneo que lo haga en la revisión.
Precedentes
Revisión fiscal 26/64. María Alvarez González. 23 de septiembre de 1965. Cinco votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.
Sexta Epoca, Tercera Parte:
Volumen XCVI, página 84. Revisión fiscal 473/64. Graciela López de Capin. 7 de junio de 1965. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
Volumen XCIII, página 42. Revisión fiscal 93/63. Irene Alvarado Barrera. 22 de marzo de 1965. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
Nota: En los Volúmenes XCVI, página 84 y XCIII, página 42 esta tesis aparece bajo el rubro "PERITO TERCERO EN DISCORDIA, CONSENTIMIENTO POR SU DESIGNACION EN EL PROCEDIMIENTO FISCAL.".