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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
265834
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XCIX, Tercera Parte; Pág. 33

REVISION, TERMINO PARA INTERPONER EL RECURSO DE. PERIODO DE RECESO EN LA SUPREMA CORTE, CUANDO EL RECURSO SE INTERPONE ANTE EL JUZGADO DE DISTRITO.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XCIX, Tercera Parte; Pág. 33

Precedentes

Reclamación en el amparo en revisión 1818/65. David González Reyna y coagraviado. 6 de septiembre de 1965. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
Registro digital (IUS): 265834