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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
265873
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XCVII, Tercera Parte; Pág. 36

LEY DE HACIENDA DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL. INCONFORMIDAD ESTABLECIDA EN SU ARTICULO 25. (APLICACION SUPLETORIA DE LOS ARTICULOS 223 AL 226 DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES).

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XCVII, Tercera Parte; Pág. 36

Precedentes

Revisión fiscal 118/64. Irma M. de Menéndez. 15 de julio de 1965. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Felipe Tena Ramírez. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
Registro digital (IUS): 265873