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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 265896
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XCVI, Tercera Parte; Pág. 61
COMERCIOS, TRASPASOS DE LOS.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XCVI, Tercera Parte; Pág. 61
Cuando se trata de un giro reglamentado, la sola compraventa comercial de la negociación no es bastante para privar al enajenante de la totalidad de sus derechos, ni para transmitir al adquirente esa misma totalidad, como sucedería cuando no se necesita permiso ni intervención de la autoridad para llevar a cabo la operación. Por lo que el vendedor del negocio sigue siendo el titular de la licencia, especialmente porque la autoridad no ha concedido permiso para su traspaso. En esas condiciones, defiende, tratándose del juicio de amparo, un derecho propio, como es el que le otorga la licencia de que todavía es titular, aparte de que le corresponde defender como causante los derechos de una licencia, que una vez otorgado el permiso, deberá transmitir a su causahabiente.
Precedentes
Amparo en revisión 5508/64. Evangelina Carranza de Trejo y otra. 3 de junio de 1965. Cinco votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.