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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 265906
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XCVI, Tercera Parte; Pág. 76
INFORME JUSTIFICADO EXTEMPORANEO, VALOR DEL.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XCVI, Tercera Parte; Pág. 76
Cuando las partes tienen oportunidad de conocer el informe y sus fundamentos y de preparar las pruebas que lo destruyan, el informe de la responsable debe ser tomado en cuenta, aunque se haya rendido fuera del plazo señalado para el efecto, pero antes de la audiencia.
Precedentes
Amparo en revisión 1824/65. Jesús Salazar Mincef. 17 de junio de 1965. Cinco votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.