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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 265919
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XCVI, Tercera Parte; Pág. 88
PULQUERIAS, LICENCIAS DE LAS.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XCVI, Tercera Parte; Pág. 88
Si bien es verdad que las licencias de funcionamiento se expiden a determinadas personas y para determinados lugares que han satisfecho los requisitos reglamentarios respectivos, también lo es que esto no significa que el titular de esa licencia esté impedido para efectuar acto jurídico alguno tendiente a disponer de los derechos de esa licencia, pues no existe precepto legal alguno que consigne tal impedimento. Por lo cual, si el quejoso demostró haber adquirido el expendio de pulques y haber solicitado de la oficina de licencias respectiva la licencia correspondiente a su nombre, en esas condiciones, cabe entender que el quejoso está legitimado para defender en juicio los derechos emanados de la adquisición de la negociación y de la solicitud para que se ponga a su nombre la licencia correspondiente.
Precedentes
Amparo en revisión 5508/64. Evangelina Carranza de Trejo y otra. 3 de junio de 1965. Cinco votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.