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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
265929
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XCV, Tercera Parte; Pág. 9

AGENTES ADUANALES. CASOS EN QUE PUEDEN OCURRIR AL TRIBUNAL FISCAL POR MEDIO DE APODERADO.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XCV, Tercera Parte; Pág. 9

Precedentes

Amparo en revisión 1106/65. Alberto Rojas Barceló. 3 de mayo de 1965. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos. Sexta Epoca, Tercera Parte: Volumen CII, página 13. Amparo en revisión 9052/64. Francisco Barrera Gómez. 24 de febrero de 1965. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen C, página 11. Amparo en revisión 1987/64. Alfredo Palazuelos Laycegui. 1 de octubre de 1964. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen XCIV, página 11. Amparo en revisión 9166/64. Rodolfo L. Flores. 7 de abril de 1965. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen XCI, Tercera Parte, página 9, tesis de rubro "AGENTES ADUANALES, Y SUS COMITENTES, LA RESPONSABILIDAD SOLIDARIA DE LOS, PARA EL PAGO DE CREDITOS FISCALES, ES UNICAMENTE PASIVA. GESTIONES EN REPRESENTACION DEL IMPORTADOR.". Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia publicada en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación, 1917-1995, Tomo III, Primera Parte, tesis 401, página 296, bajo el rubro "AGENTES ADUANALES. JUICIO FISCAL DE NULIDAD. CASO EN QUE PUEDEN PROMOVERLO POR APODERADO.".
Registro digital (IUS): 265929