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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
265979
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XCIV, Tercera Parte; Pág. 68

LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, PRESCRIPCION DE LA FIANZA. ARTICULO 120 EN RELACION CON EL 93 DEL MISMO ORDENAMIENTO.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XCIV, Tercera Parte; Pág. 68

Precedentes

Revisión fiscal 204/56. Compañía de Fianzas Lotonal, S. A. 7 de agosto de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos. Revisión fiscal 260/55. La Guardiana, S. A. 15 de febrero de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Nicéforo Guerrero. Sexta Epoca, Tercera Parte: Volumen XX, página 40. Revisión fiscal 327/58. Compañía de Fianzas Lotonal, S. A. 24 de febrero de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez. Nota: En el volumen XX, página 40, esta tesis aparece bajo el rubro "FIANZAS, PRESCRIPCION.".
Registro digital (IUS): 265979