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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
265990
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XCVI, Tercera Parte; Pág. 62

DICTAMENES PERICIALES, LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA NO PUEDE SUSTITUIRSE A LO RESUELTO EN LOS.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XCVI, Tercera Parte; Pág. 62

Precedentes

Revisión fiscal 381/64. Du Pont, S. A. de C. V. 10 de junio de 1965. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.. Sexta Epoca, Tercera Parte: Volumen XCIII, página 32. Revisión fiscal 633/64. Du Pont, S. A. de C. V. 22 de marzo de 1965. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos. Volumen XCIII, página 32. Revisión fiscal 638/64. Joaquín Hernández Orellana. 10 de marzo de 1965. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
Registro digital (IUS): 265990