Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/266026
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
266026
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XCII, Tercera Parte; Pág. 25

REVISION FISCAL, FACULTAD DEL SUBPROCURADOR FISCAL PARA INTERPONER EL RECURSO DE.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XCII, Tercera Parte; Pág. 25

Precedentes

Reclamación en el amparo en revisión 5761/64. Margarito Ramírez Miranda. 4 de febrero de 1965. Cinco votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez. Amparo en revisión 4691/58. Rosendo Caballero. 24 de febrero de 1965. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos. Informe del Presidente de la suprema Corte de Justicia del año de 1963. Segunda Sala, páginas 18 y 19.
Registro digital (IUS): 266026