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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
266033
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XCI, Tercera Parte; Pág. 13

FERROCARRILES NACIONALES DE MEXICO, EXENCION DE DERECHOS DE COOPERACION A LOS.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XCI, Tercera Parte; Pág. 13

Precedentes

Revisión fiscal 478/64. Ferrocarriles Nacionales de México. 11 de enero de 1965. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos. Sexta Epoca, Tercera Parte: Volumen XLIX, página 43. Revisión fiscal 476/59. Ferrocarriles Nacionales de México. 12 de julio de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo. Volumen XXXIX, página 42. Revisión fiscal 228/59. Ferrocarriles Nacionales de México. 7 de septiembre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos. Nota: En el Volumen XLIX, página 43, esta tesis aparece bajo el rubro "FERROCARRILES NACIONALES, EXENCION DE IMPUESTOS.". En el Volumen XXXIX, página 42, esta tesis aparece bajo el rubro "FERROCARRILES NACIONALES DE MEXICO. CONTRIBUCION A LOS.".
Registro digital (IUS): 266033