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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 266051
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XC, Tercera Parte; Pág. 20
INGRESOS MERCANTILES, EXENCION DEL IMPUESTO SOBRE, A LOS PROVENIENTES DE CONTRATOS DE OBRAS PUBLICAS.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XC, Tercera Parte; Pág. 20
De acuerdo con la redacción del artículo 18 fracción, XVIII, de la Ley Federal del Impuesto sobre Ingresos Mercantiles, la exención en él contenida se refiere a todos los contratos cuya finalidad sea la ejecución de una obra pública, siendo indiferente para la ley fiscal cuál sea el objeto del contrato; esto es, que el objeto del contrato bien puede ser la ejecución misma de las obras, la mano de obra, el suministro de materiales, o cualquier contrato de prestación de cualquier tipo de servicio, pero siempre teniendo como causa motivante o impulsora de esos contratos la ejecución de alguna obra publica.
Precedentes
Revisión fiscal 73/63. Cables Mexicanos, S. A. 29 de julio de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
Sexta Epoca, Tercera Parte:
Volumen LXIX, página 20. Revisión fiscal 137/62. Asbestos de México, S. A. 6 de marzo de 1963. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.
Volumen LXIII, página 18. Revisión fiscal 299/61. Electro Thermit Mexicana, S. de R. L. 28 de septiembre de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Octavio Mendoza González.
Volumen XXXVI, página 22. Revisión fiscal 482/59. Materiales Procesa, S. A. 15 de junio de 1960. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.
Volumen XXXIV, página 52. Revisión fiscal 42/60. Compañía Mexicana de Tubos de Albañal, S. A. 27 de abril de 1960. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.
Nota:
En el Volumen LXIX, página 20, esta tesis aparece bajo el rubro "INGRESOS MERCANTILES, EXENCION DEL IMPUESTO SOBRE. CONTRATOS DE OBRAS PUBLICAS.".
En el Volumen XXXVI, página 22, esta tesis aparece bajo el rubro "CONTRATOS CELEBRADOS CON EL ESTADO.".
En el Volumen XXXIV, página 52, esta tesis aparece bajo el rubro "OBRAS PUBLICAS. CONTRATOS EXENTOS DEL IMPUESTO SOBRE INGRESOS MERCANTILES.".