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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 266122
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXVIII, Tercera Parte; Pág. 71
REGLAMENTOS, FALTA DE IMPUGNACION DE.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXVIII, Tercera Parte; Pág. 71
No es necesario impugnar previamente un reglamento en si, cuando se estima que el acto reclamado no satisface las exigencias que prevé el propio reglamento.
Precedentes
Amparo en revisión 4470/64. Agustín Pérez Azpeitia. 28 de octubre de 1964. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.