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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 266124
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXVIII, Tercera Parte; Pág. 72
SEGURO SOCIAL Y LA LEY DE HACIENDA DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL, JERARQUIA ENTRE LA LEY DEL.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXVIII, Tercera Parte; Pág. 72
Si bien es cierto que la Ley del Seguro Social y la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal emanan de la misma fuente legislativa, no cabe entender que una ley local como es la de Hacienda del Departamento del Distrito Federal sea susceptible de modificar la ley federal según es la del seguro social.
Precedentes
Revisión fiscal 110/64. Instituto Mexicano del Seguro Social. 16 de octubre de 1964. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Revisión fiscal 332/64. Ferrocarriles Nacionales de México. 14 de octubre de 1964. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.
Sexta Epoca, Tercera Parte:
Volumen LXXXIV, página 67. Revisión fiscal 42/64. Instituto Mexicano del Seguro Social. 17 de junio de 1964. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.
Volumen LXXX, página 42. Revisión fiscal 599/63. Instituto Mexicano del Seguro Social. 28 de febrero de 1964. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen LXXX, página 42. Revisión fiscal 467/63. Instituto Mexicano del Seguro Social. 26 de febrero de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.