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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 266136
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXVII, Tercera Parte; Pág. 13
AGRARIO. INTERES JURIDICO.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXVII, Tercera Parte; Pág. 13
Si se reclama que so pretexto del cumplimiento de una resolución presidencial indebidamente se estima que las tierras de los quejosos quedaron incluidas en la afectación agraria, cuando en realidad no fueron objeto del fallo del Ejecutivo ni señaladas como afectables en el plano de ejecución aprobado al respecto, es causa mas que suficiente para que surja su interés jurídico en defensa de sus propios intereses y propiedades.
Precedentes
Amparo en revisión 676/62. J. Jesús Michel Sedano y coagraviado. 7 de septiembre de 1964. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.