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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 266138
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXVII, Tercera Parte; Pág. 14
AMPARO, PRUEBAS EN EL.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXVII, Tercera Parte; Pág. 14
Si las pruebas a que se refiere un quejoso no fueron exhibidas en la audiencia constitucional o antes de su celebración, por tratarse de una prueba documental, sino que se exhiben con el escrito de expresión de agravios, la negativa de los actos reclamados por la autoridad no fue desvirtuada en autos lo que es suficiente para confirmar la sentencia de sobreseimiento.
Precedentes
Amparo en revisión 4007/64. Noe Espinosa Marroquín. 8 de septiembre de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.