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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 266139
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXVII, Tercera Parte; Pág. 14
ARRENDAMIENTO, MANIFESTACION DE LOS. CONTRATOS DE.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXVII, Tercera Parte; Pág. 14
Es falso que el artículo 48 de la Ley de Hacienda del Distrito Federal prevea el caso en que no existan contratos de arrendamiento por escrito, porque tal dispositivo consigna claramente lo contrario, es decir que los nuevos contratos de arrendamiento celebrados por escrito, deberán manifestarse acompañándose el original y una copia de los mismos contratos.
Precedentes
Revisión fiscal 417/60. Magdalena Rangel Islas. 8 de septiembre de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.