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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 266167
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXVI, Tercera Parte; Pág. 17
AGRARIO. PROPIEDAD PRIVADA DENTRO DE UNA ZONA URBANA EN UN NUCLEO EJIDAL.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXVI, Tercera Parte; Pág. 17
Si se encuentra debidamente demostrado, con las constancias de autos, que el tercer perjudicado es legítimo propietario de la casa y solar en que se halla construida, ubicados dentro de la zona urbana de un poblado, por adquisición que de dicho inmueble llevó a cabo según escritura privada inscrita en el Registro Público de la Propiedad, y la resolución presidencial restitutoria y dotatoria de tierras, al poblado quejoso, no incluye a dicha propiedad privada; conforme a la aplicación correcta del artículo 180 del Código Agrario, no cabe acceder a la solicitud del comisariado quejoso, para que el comisariado ejidal proceda a desposeer al tercer perjudicado del inmueble de su propiedad, ubicado en la zona urbana del núcleo ejidal.
Precedentes
Amparo en revisión 3622/64. Comisariado Ejidal del Poblado de Huajicori, Nayarit. 20 de agosto de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu.