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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
266169
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXVI, Tercera Parte; Pág. 18

ASISTENCIA PRIVADA, EXENCION DE DERECHOS DE COOPERACION EN FAVOR DE INSTITUCIONES DE.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXVI, Tercera Parte; Pág. 18

Precedentes

Revisión fiscal 340/63. "Fundación Mier y Pesado". 14 de agosto de 1964. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Revisión fiscal 252/64. Asociación Mexicana de la Cruz Blanca Neutral. 13 de agosto de 1964. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez. Sexta Epoca, Tercera Parte: Volumen LVII, página 28. Revisión fiscal 487/60. Fundación de Beneficencia Privada "María Ana Mier de Escandón". 28 de marzo de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez. Volumen LI, página 83. Revisión fiscal 46/61. Arnulfe Zárate Palacios. 7 de septiembre de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo. Véanse Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Tercera Parte: Volumen XX, página 16, tesis de rubro "ASISTENCIA PRIVADA. EXENCIONES.". Volumen XXIX, página 16, tesis de rubro "ASISTENCIA PRIVADA, EXENCION DE IMPUESTOS.". Notas: En el Volumen LVII, página 28, esta tesis aparece bajo el rubro "BENEFICENCIA PRIVADA, LAS INSTITUCIONES DE, DEBEN CONSIDERARSE EXENTAS DEL IMPUESTO SOBRE PLANIFICACION.". En el Volumen LI, página 83, esta tesis aparece bajo el rubro "PLANIFICACION, EXENCION SEGUN LA LEY DE PENSIONES DE RETIRO.".
Registro digital (IUS): 266169