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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
266171
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXVI, Tercera Parte; Pág. 20

ASISTENCIA PRIVADA, EXENCION DE IMPUESTOS DE PLANIFICACION A LAS INSTITUCIONES DE.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXVI, Tercera Parte; Pág. 20

Precedentes

Revisión fiscal 375/61. Institución de Asistencia Privada "Asilo Primavera". 27 de agosto de 1964. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Sexta Epoca, Tercera Parte: Volumen XXIX, página 16. Revisión fiscal 316/59. Fundación de Socorros Agustín González de Cosío. 11 de noviembre de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo. Volumen XX, página 16. Amparo en revisión 1292/58. Asociación Mexicana de la Cruz Blanca Neutral. 9 de febrero de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Franco Carreño. Véase Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Tercera Parte: Volumen LI, página 83, tesis de rubro "PLANIFICACION, EXENCION SEGUN LA LEY DE PENSIONES DE RETIRO.". Volumen LVII, página 28, tesis de rubro "BENEFICENCIA PRIVADA, LAS INSTITUCIONES DE, DEBEN CONSIDERARSE EXENTAS DEL IMPUESTO SOBRE PLANIFICACIÓN.". Nota: En el Volumen XXIX, página 16, esta tesis aparece bajo el rubro "ASISTENCIA PRIVADA. EXENCION DE IMPUESTOS.". En el Volumen XX, página 16, esta tesis aparece bajo el rubro "ASISTENCIA PRIVADA. EXENCIONES.".
Registro digital (IUS): 266171