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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 266235
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXV, Tercera Parte; Pág. 26
INTERES JURIDICO EN EL AMPARO, DEMOSTRACION DEL.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXV, Tercera Parte; Pág. 26
Ante la circunstancia de que la autoridad señalada como responsable reconozca en su informe justificado, que los agraviados tengan la posesión del predio de que se trata, ya que les ordena que lo desocupen, debe concluirse que se encuentra acreditado el interés jurídico de los quejosos y por ello el sobreseimiento del juicio es ilegal.
Precedentes
Amparo en revisión 1761/64. Ubartano Saucedo Alvarado y coagraviado. 17 de julio de 1964. Cinco votos. Ponente: Octavio Mendoza González.