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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
266257
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXV, Tercera Parte; Pág. 40

RECONSIDERACION LEGALMENTE INEXISTENTE EN MATERIA FISCAL, INTERPRETACION Y ALCANCE DEL ARTICULO 19 DEL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXV, Tercera Parte; Pág. 40

Precedentes

Amparo en revisión 3123/64. Balneario Elba, S. A. 30 de julio de 1964. Cinco votos. Ponente: Octavio Mendoza González. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen XLIX, Tercera Parte, página 65, tesis de rubro "RECONSIDERACIÓN LEGALMENTE INEXISTENTE EN MATERIA FISCAL. INTERPRETACION Y ALCANCE DEL ARTICULO 19 DEL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION.".
Registro digital (IUS): 266257