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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 266321
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXIII, Tercera Parte; Pág. 12
IMPUESTO AD VALOREM.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXIII, Tercera Parte; Pág. 12
Si bien es cierto que el impuesto ad valorem se rige en determinados aspectos por disposiciones que le son propias, también lo es que, como impuesto adicional al de importación, participa de la naturaleza jurídica de este último y es por esto normado por la ley aduanal.
Precedentes
Amparo en revisión 545/53. Rafael Morales. 7 de mayo de 1964. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.