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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 266334
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXII, Tercera Parte; Pág. 14
AGRARIO, INFORME EXTEMPORANEO Y DESPOSEIMIENTO INJUSTIFICADO EN PROCEDIMIENTO.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXII, Tercera Parte; Pág. 14
Comprobado en autos que el quejoso se encuentra en posesión del lote de terreno cuestionado y si las autoridades responsables no demostraron que, para ordenar el desposeimiento del citado inmueble, hayan dado oportunidad al reclamante de ser oído en defensa de sus derechos, así como tampoco justificaron que ese desposeimiento esté fundado ni motivado, aunque no se toma en consideración el informe justificado de la autoridad recurrente, si ello solamente le es imputable a la propia autoridad que lo rindió fuera del plazo que señala el artículo 149 de la Ley de Amparo, o sea con posterioridad a la resolución recurrida, no es posible al sentenciador, en tales condiciones, tomarlo en cuenta y el amparo debe concederse.
Precedentes
Amparo en revisión 7290/63. Raúl Suárez Flores. 23 de abril de 1964. Cinco votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.