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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 266366
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXII, Tercera Parte; Pág. 45
REMATE INJUSTIFICADO POR FALTA DE AUDIENCIA.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXII, Tercera Parte; Pág. 45
Cualquiera que sea el fundamento legal que invoquen las autoridades responsables en su informe con justificación para ordenar el remate del predio y tratar de llevarlo a cabo, si resulta indudable que a los quejosos no se les ha dado la oportunidad de ser oídos y de defenderse, antes de que se lleve a cabo esa subasta, ni la orden de referencia ni su ejecución están fundadas ni motivadas, y son violatorias de las garantías constitucionales.
Precedentes
Amparo en revisión 6307/63. José Concepción Hernández y otra. 24 de abril de 1964. Cinco votos. Ponente: Octavio Mendoza González.