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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 266380
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXI, Tercera Parte; Pág. 36
INFORME CON JUSTIFICACION, TERMINO PARA LA AMPLIACION DEL.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXI, Tercera Parte; Pág. 36
Si bien es verdad que la Ley de Amparo no contempla el caso de ampliar el informe con justificación rendido con anterioridad por las autoridades responsables, también lo es que la ampliación respectiva debe tomarse en consideración cuando se formula antes de la audiencia constitucional, si la misma tiene relación directa con la materia a resolver en el juicio, pues las partes están en condiciones de impugnar tales ampliaciones en el momento de celebrarse la audiencia de ley, aportando las pruebas que estimen convenientes a sus intereses.
Precedentes
Amparo en revisión 3542/63. Rubén Biguerra Velarde. 20 de marzo de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.