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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 266413
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXX, Tercera Parte; Pág. 29
NOTIFICACIONES FISCALES. SU IMPUGNACION ES INDEPENDIENTE DEL PROCEDIMIENTO DE EJECUCION.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXX, Tercera Parte; Pág. 29
Si la actora solo trató de que se anulara una notificación porque no fue hecha en su domicilio, es obvio que esto, en forma alguna, puede considerarse como oposición a un procedimiento de ejecución, y por lo tanto, la actora no tenía porque esperar a que se dictara la resolución que aprobara el remate, para estar en posibilidad legal de objetar una notificación, que como la que se estudia no tiene ninguna relación con procedimientos de ejecución.
Precedentes
Revisión fiscal 190/63. Creaciones Vanity, S. A. 13 de febrero de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.