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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 266423
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXX, Tercera Parte; Pág. 38
PULQUERIAS, TRASPASOS O VENTAS DE.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXX, Tercera Parte; Pág. 38
Conforme al artículo 11 del Reglamento para Expendios de Pulque, Aguamiel o Tlachique no Embotellado, para que los traspasos o ventas de expendios puedan surtir efectos legales, se requiere la autorización de la autoridad competente, una vez cumplidos los requisitos que el propio precepto establece; por lo que, si las autoridades responsables no cuidaron de demostrar que exista tal autorización, ostentándose el demandante como propietario del expendio, es indudable que a su nombre subsiste aún, para el solo efecto de su interés jurídico en el ejercicio de su acción constitucional, la titularidad de la licencia.
Precedentes
Amparo en revisión 5955/63. Pedro Villanueva V. 3 de febrero de 1964. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.