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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 266447
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXIX, Tercera Parte; Pág. 28
PATENTES, NULIDAD DE LAS. TERMINO DE PRUEBAS.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXIX, Tercera Parte; Pág. 28
La ampliación de un plazo para rendir pruebas, no implica la revocación, contra derecho, del acuerdo que fijara un término, en virtud de que la Ley de la Propiedad Industrial no establece términos perentorios para la rendición de pruebas en los procedimientos administrativos que consigna.
Precedentes
Revisión fiscal 7408/60. Laboratorios Lepetit de México, S. A. 23 de enero de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Franco Carreño.