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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 266492
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXVI, Tercera Parte; Pág. 40
IMPUESTO SOBRE LA RENTA. CASAS DE HUESPEDES.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXVI, Tercera Parte; Pág. 40
Estableciendo el artículo 125, fracción XII, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, vigente antes de las reformas de 1961, cargas a los particulares, debe ser de aplicación restrictiva y por ello, al no señalar concretamente el arrendamiento de inmuebles destinados a casas de huéspedes, obviamente no existe base legal para considerar que sí cabe dentro de las situaciones previstas, las cuales claramente se encuentran determinadas limitativamente.
Precedentes
Revisión fiscal 412/62. Ricardo C. González. 16 de octubre de 1963. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.