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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
266516
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXV, Tercera Parte; Pág. 32

COOPERACION, EXENCION DEL PAGO DE DERECHOS. FERROCARRILES NACIONALES DE MEXICO.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXV, Tercera Parte; Pág. 32

Precedentes

Revisión fiscal 263/63. Ferrocarriles Nacionales de México. 23 de septiembre de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos. Sexta Epoca, Tercera Parte: Volumen LXIII, página 13. Revisión fiscal 174/62. Ferrocarriles Nacionales de México. 19 de septiembre de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Octavio Mendoza González. Volumen LXIII, página 13. Revisión fiscal 2/61. Ferrocarriles Nacionales de México. 19 de febrero de 1962. La publicación no menciona la votación del asunto ni el nombre del ponente. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Tomo XXXIX, Tercera Parte, página 43, tesis de rubro "FERROCARRILES NACIONALES DE MEXICO. DERECHOS DE COOPERACION.".
Registro digital (IUS): 266516