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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 266544
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXII, Tercera Parte; Pág. 9
ADUANAS, OPERACIONES DE LAS.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXII, Tercera Parte; Pág. 9
El recurso a que alude el artículo 434 de la ley aduanal establece categóricamente la revisión por la Dirección de Aduanas en contra de las resoluciones que dicten las oficinas aduanales en cualquier fase de una operación, y es indiscutible que el arribo de un vapor extranjero a un puerto mexicano no constituye una operación aduanal, pues por ésta debe entenderse, la importación, exportación, tráfico de altura, etcétera, más nada tiene que ver el cobro del impuesto "aportación a la casa del marino", creado por decreto presidencial, con ninguna fase de operación estrictamente aduanal.
Precedentes
Amparo en revisión 4022/55. Linea Ward, S. A. 6 de junio de 1963. Cinco votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo.