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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
266579
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXX, Tercera Parte; Pág. 31

TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION. RECURSOS.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXX, Tercera Parte; Pág. 31

Precedentes

Reclamación en la revisión fiscal 60/63. Alfonso Acevedo D. 29 de abril de 1963. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Reclamación en la revisión fiscal 46/63. Gonzalo González Díaz. 29 de abril de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo. Sexta Epoca, Tercera Parte: Volumen LI, página 140. Reclamación en la revisión fiscal 398/60. Banco Internacional, S.A. 4 de septiembre de 1961. Mayoría de tres votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos. Volumen XLIX, página 66. Reclamación en la revisión fiscal 487/60. Fundación de Beneficencia Privada "María Ana de Mier de Escandón". 3 de julio de 1961. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José Rivera Pérez Campos. Ponente: Felipe Tena Ramírez. Nota: En el Volumen XLIX, página 66, esta tesis aparece bajo el rubro "REVISION FISCAL. ES PROCEDENTE LA INTENTADA POR LOS PARTICULARES CONTRA LAS SENTENCIAS DEL TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION, CUANDO SE IMPUGNA RESOLUCION DICTADA POR LAS AUTORIDADES QUE MANEJAN LA HACIENDA PUBLICA DEL DISTRITO FEDERAL.".
Registro digital (IUS): 266579