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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 266589
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXIX, Tercera Parte; Pág. 22
ISSSTE BENEFICIOS OTORGADOS A LOS TRABAJADORES VETERANOS DE LA REVOLUCION.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXIX, Tercera Parte; Pág. 22
El artículo 10 de la Ley en favor de los Veteranos de la Revolución como Servidores del Estado, establece en su primera parte: "Los veteranos de la Revolución al servicio del Estado, cualquiera que sea el empleo que desempeñen, gozarán de todos los beneficios y garantías que las leyes conceden a los trabajadores de base al servicio del Estado..."; lo que significa, en otras palabras, que el precepto considera a los veteranos, que son trabajadores del Estado, como empleados de base, independientemente de que figuren o no con tal carácter en las nóminas o sea, que se trata de un derecho que como privilegio se concede por la ley a los veteranos. Sin embargo, debe advertirse que este beneficio no va mas allá de su contenido, de tal manera que no puede tener el alcance de suprimir las obligaciones que a los empleados de base impone la Ley del ISSSTE para el efecto de tener derecho a los servicios, como es la obligación de aportar una cuota en los términos del artículo 15 de dicha ley. Ahora bien, si la Ley del ISSSTE otorga distintos beneficios a los trabajadores de base al servicio del Estado, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 10 mencionado, el veterano de la revolución que trabaje para el Estado tendrá derecho a ellas, aunque hubiere tenido la calidad de trabajador a lista de raya.
Precedentes
Amparo en revisión 2848/62. Natalia Guzmán viuda de Alvarez. 13 de marzo de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.