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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 266604
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXVIII, Tercera Parte; Pág. 51
CIRCULARES Y ACTOS DEL EJECUTIVO. SU CONCEPTO.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXVIII, Tercera Parte; Pág. 51
Entre las circulares y los actos del C. Presidente de la República efectuados en ejercicio de la facultad reglamentaria constitucional, existe una diferencia, ya que las circulares se dirigen por la autoridad a sus subalternos para el buen gobierno interior de una rama de la administración y, en cambio, los actos del Ejecutivo Federal efectuados en ejercicio de la facultad reglamentaria constitucional, son leyes en el sentido material inconstreñido de esa palabra.
Precedentes
Amparo en revisión 2431/52. Compañía Carbonífera de Sabinas, S. A. y coagraviados. 8 de febrero de 1963. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.