Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/266632
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 266632
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXVII, Tercera Parte; Pág. 9
ACTOS NEGATIVOS. CUANDO NO EXISTEN.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXVII, Tercera Parte; Pág. 9
Se habla de un acto propiamente negativo cuando se trata de una omisión, o sea de una mera abstención. No hay, por tanto, acto propiamente negativo, cuando la autoridad emite una resolución, aunque en la misma se niegue lo pedido por el particular.
Precedentes
Queja 122/62. Dirección General de Profesiones. 14 de enero de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.