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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 266633
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXVII, Tercera Parte; Pág. 10
AMPARO, PROMOCIONES POR CORREO.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXVII, Tercera Parte; Pág. 10
Es inexacto que el artículo 25 de la Ley de Amparo conceda un trato favorable si una de las partes se encuentra fuera del lugar del juicio, ya que lo que el precepto previene es que, cuando una de las partes resida fuera de la sede del tribunal, se tendrán por hechas las promociones el día en que las mismas se depositen en la oficina postal o telegráfica.
Precedentes
Reclamación en el amparo en revisión 4062/62. Jesús Vela Gómez. 21 de enero de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.