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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 266642
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXVII, Tercera Parte; Pág. 24
MULTAS, FUNDAMENTO DE LAS.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXVII, Tercera Parte; Pág. 24
Si la multa impugnada en un juicio fiscal se impone por infracción del artículo 302 fracción I de la Ley de Hacienda del Distrito Federal, debe demostrarse la existencia de los extremos que tal precepto sanciona y, principalmente, aquel que se da como motivo generador de la infracción.
Precedentes
Revisión fiscal 42/59. Fernando Padruno Vega. 24 de enero de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Franco Carreño.